Uniones de Hecho

Procedimientos relativos a la formalización de Uniones de Hecho

Cómo se hace el trámite:

REQUISITOS:

1. INSCRIPCIÓN BÁSICA

  Podrán inscribirse como uniones de hecho las parejas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Ser mayores de edad o menores emancipados y no estar incapacitados judicialmente.
b) Que el estado civil de los dos miembros de la pareja sea: estar solteros, viudos, divorciados o estar separados judicialmente de su cónyuge por resolución firme.
c) Estar empadronado al menos uno de los miembros de la pareja en el Ayuntamiento de Valdemoro.
d) Personas que convivan en pareja de forma estable, libre, pública y notoria en una relación de afectividad análoga a la conyugal, durante un periodo ininterrumpido de 12 meses.

  No pueden constituir una unión de hecho:

a) Los menores de edad no emancipados
b) Las personas afectadas por una deficiencia o anomalía psíquica que no les permita prestar su consentimiento a la unión válidamente.
c) Las personas ligadas por el vínculo del matrimonio no separadas judicialmente.
d) Las personas que forman una unión estable con otra persona.
e) Los parientes en línea recta por consanguinidad o adopción.
f) Los parientes colaterales por consanguinidad o adopción dentro del tercer grado.

2. INSCRIPCIONES DE CANCELACIÓN

  La cancelación de la Inscripción de Uniones de Hecho se realizará por las siguientes causas:

a) De común acuerdo.
b) Por decisión unilateral de uno de los miembros de la unión notificada al otro por cualquiera de las formas admitidas en Derecho.
c) Por muerte o declaración de fallecimiento de uno de los miembros de la unión de hecho.
d) Por separación de hecho de más de seis meses.
e) Por matrimonio de uno de los miembros.

3. NOTA MARGINAL

Serán objeto de nota marginal aquellas modificaciones que sin extinguir la unión de hecho afecten a los datos de la inscripción básica. Por lo tanto, son objeto, entre otras modificaciones que se pudieran suscitar, las variaciones de datos personales, los cambios de domicilio y aquellas otras que tengan el carácter indicado.

Quién puede solicitar/tramitar:

Cualquier persona interesada en los procedimientos mencionados y que cumpla los requisitos exigidos para ello.

Documentación Necesaria:

1. INSCRIPCIÓN BÁSICA

La solicitud de inscripción básica deberá estar acompañada de copia y original o fotocopia compulsada de la siguiente documentación:
a) Documento nacional de identidad, pasaporte (todas las hojas) o tarjeta de residencia en vigor de los solicitantes y de dos testigos.
Acreditación de la emancipación, en el caso de menores de edad.
b) Certificado de estado civil:
- Para los españoles o nacionalizados en España, se solicitará Declaración Responsable.
- Para las personas de distinta nacionalidad, se solicitará un documento público de su país de procedencia, expedido dentro de los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, el original de la documentación extranjera, o documentación expedida por los servicios consulares extranjeros en España, debe estar debidamente legalizada, salvo en los casos en que el país que expida el documento haya firmado un Convenio Internacional con España que le exima de tal requisito.
Todos los documentos deberán estar redactados al menos en Castellano o venir acompañados de traducción jurada a esta lengua.
c) Volante de empadronamiento (no es obligatorio).
d) Declaración de no tener entre sí relación de parentesco en línea recta o colateral hasta el tercer grado por consanguinidad o adopción (Inscripción básica-anexo solicitud).
e) Declaración de no estar incapacitados a efectos de prestar válidamente su consentimiento a la unión de hecho (Inscripción básica-anexo solicitud).
f) Declaración de no formar unión estable con otra persona (Inscripción básica-anexo solicitud).
g) Si la unión ya estuviese registrada en otro municipio, certificación del Registro correspondiente de la cancelación de dicha inscripción.
h) Documento justificativo del pago de las tasas vigentes, en su caso.

Se presentará solicitud formalizada, junto con la documentación mencionada, conjunta o separadamente, conforme indica el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPACAP) que dice:

"4. Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Los registros electrónicos de todas y cada una de las Administraciones, deberán ser plenamente interoperables, de modo que se garantice su compatibilidad informática e interconexión, así como la transmisión telemática de los asientos registrales y de los documentos que se presenten en cualquiera de los registros."

2. INSCRIPCIONES DE CANCELACIÓN

Se presentará solicitud formalizada, conjunta o separadamente, conforme indica el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, LPACAP.

3. NOTA MARGINAL

Se presentará solicitud formalizada, acompañada de la documentación en original o fotocopia compulsada, que acredite la variación de los datos personales o cambio de domicilio, conjunta o separadamente, conforme indica el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, LPACAP.
 

Dónde se puede solicitar/tramitar:

Plaza de la Constitución, 11; Teléfono 91 809 98 90; Horario: De lunes a viernes de 8:30 a 14:00 h.

Correo electrónico de información: [email protected]
 

Precio/Tasa:

TASA DE INSCRIPCIÓN BÁSICA: 80,50 €

TASA CERTIFICADO: 12 €

 
Otros datos de interés:

TASA DE INSCRIPCIÓN BÁSICA: 80,50 €

Mediante carta de pago que se podrá descargar de la página del Ayuntamiento https://sede.valdemoro.es/autoliquidaciones/expedicion_documentos (Tramitación de exp. solicitud de inscripciones de parejas de hecho).
Podrá pagar presencialmente en el banco que le indica en la autoliquidación o por la página del Ayuntamiento https://sede.valdemoro.es/pasarela-de-pago (Pasarela de pago).

SOLICITUD CERTIFICADO UNIÓN DE HECHO

Para solicitar un Certificado de vigencia de unión de hecho, deberán descargarse de la página del Ayuntamiento instancia general (https://sede.valdemoro.es/documents/10180/0/instancia_general-autorell.pdf/c56b036d-7898-466b-a672-635d8f0861a8), y adjuntar a la misma la tasa abonada, una vez recopilada la documentación tendrá que presentarlo conforme indica el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, LPACAP.

TASA CERTIFICADO: 12 €

Mediante carta de pago que se podrá descargar de la página del Ayuntamiento https://sede.valdemoro.es/autoliquidaciones/expedicion_documentos (Expedición de documentos- certificado vigencia unión hecho), y podrá pagar presencialmente en el banco que le indica o por la página del Ayuntamiento https://sede.valdemoro.es/pasarela-de-pago (Pasarela de pago).

Más información:

El día de la cita de inscripción básica, comparecerán personal y conjuntamente, en el edificio del Ayuntamiento (Plza. Constitución, 11), los miembros de la unión de hecho acompañados de dos testigos. El aforo máximo de la sala de inscripciones es de cuatro personas (pareja y testigos), identificadas mediante DNI, Pasaporte o Tarjeta de residencia en vigor.

Ficheros disponibles