SERVICIO DE “SERVICIO DE COLABORACIÓN BANCARIA INTEGRAL EN LA RECAUDACIÓN DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS DEL AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO ”.
- Fecha de publicación:
- 30 de Marzo de 2016
- Número de expediente:
- 167/2015
- Datos del contrato:
Administración contratante
Ayuntamiento de Valdemoro
Órgano de Contratación
Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria
Fecha de Aprobación de Expediente
16 de marzo de 2016
Tipo de Contrato
Servicios
Servicio Tramitador
Servicio de Contratación
Servicio Gestor/Ejecutor
Concejalía de Economía, Empleo y Hacienda
Valor Total del Contrato
203.715,60 euros que será el máximo a ofertar por los licitadores en sus correspondientes proposiciones.
El valor estimado del contrato, incluida la eventual prórroga por dos años más, es de 370.392,00
Duración del contrato
Tres años desde su formalización, con posibilidad de prórroga
Tramitación
Ordinario
Tipo de Procedimiento
Abierto
Criterios de Adjudicación
I.a) Precio de las comisiones por cobro mediante TPV …………….hasta un máximo de 35 puntos ( TPV modalidad virtual, físico y pasarela de pagos-pagos tributarios/no tributarios online)
Las ofertas se puntúan hasta 35 puntos. Se otorgará la máxima puntuación a la oferta más económica, cero a la que iguale el presupuesto de licitación y el resto de ofertas se puntuarán proporcionalmente con arreglo a la siguiente fórmula:
P= (35/C)x(PL-OF)
Donde:
P es la puntuación correspondiente a la oferta a valorar
C es la diferencia entre el presupuesto de licitación y la oferta más baja, IVA excluido
PL es el presupuesto base de licitación excluido IVA
OF es la oferta que se valora excluido IVA
I.b) Oferta económica para edición y remisión de recibos de padrones ………hasta un máximo de 35 puntos.
Las ofertas se puntúan hasta 35 puntos. Se otorgará la máxima puntuación a la oferta más económica, cero a la que iguale el presupuesto de licitación y el resto de ofertas se puntuarán proporcionalmente con arreglo a la siguiente fórmula:
P= (35/C)x(PL-OF)
Donde:
P es la puntuación correspondiente a la oferta a valorar
C es la diferencia entre el presupuesto de licitación y la oferta más baja, IVA excluido
PL es el presupuesto base de licitación excluido IVA
OF es la oferta que se valora excluido IVA
I.c) Tipo de interés remuneratorio aplicable a la cuenta restringida………hasta un máximo de 10 puntos.
Se otorgará la máxima puntuación a la oferta más ventajosa y el resto de ofertas se punturán de forma proporcional.
I.d) Oferta económica por devolución de recibos domiciliados ………………hasta un máximo de 35 puntos.
Las ofertas se puntúan hasta 35 puntos. Se otorgará la máxima puntuación a la oferta más económica, cero a la que iguale el presupuesto de licitación y el resto de ofertas se puntuarán proporcionalmente con arreglo a la siguiente fórmula:
P= (35/C)x(PL-OF)
Donde:
P es la puntuación correspondiente a la oferta a valorar
C es la diferencia entre el presupuesto de licitación y la oferta más baja, IVA excluido
PL es el presupuesto base de licitación excluido IVA
OF es la oferta que se valora excluido IVA
I.e) Número de oficinas de la entidad radicadas en el municipio……………..hasta un máximo de 45 puntos.
Se valorará 05 puntos cada oficina de la entidad que radique en el término municipal.
Criterios en el supuesto de empate entre los licitadores:
En el supuesto de empate entre las ofertas habrá que estar a lo dispuesto en la cláusula 20 de estos pliegos. De no darse este supuesto o de persistir el empate, la adjudicación se decidirá, con la prioridad que se indica de los siguientes criterios:
Primera prioridad: Mejor resultado obtenido en I. a)
Segunda prioridad: Mejor resultado obtenido I.b)
Tercera prioridad: Mejor resultado obtenido en I. d)
Cuarta prioridad :Mejor resultado obtenido en I. c)
Quinta prioridad: Mejor resultado obtenido en I. e)
Si tras ello persiste la igualdad o empate, se decidirá por sorteo.
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SI
Fecha Publicación BOE
Obtención de Documentación
La documentación está disponible en el Perfil de Contratante de la presente página web del Ayuntamiento de Valdemoro.
Solvencia
8.1.- Aptitud para contratar con el sector público
Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no están incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 60 del TRLCSP y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica,o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas.
Asímismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones de empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 55, 58 y 59 del TRLCSP, respectivamente.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
No podrán concurrir a la licitación empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
Tendrán capacidad para contratar, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación que constituye el objeto del presente contrato.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
8.2. La solvencia del empresario:
A) solvencia económica y financiera:
La Solvencia económica y financiera se acreditará de conformidad con lo establecido en el artículo 75. del TRLCSP mediante:
El volumen anual de negocios por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Requisitos mínimos:
El volumen anual de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato al tener este una duración superior a un año.
B) solvencia técnica o profesional:
Una relación de los servicios de igual o similar naturaleza al objeto del contrato realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Requisito mínimo de solvencia:
El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, aportando los certificados de buena ejecución correspondientes. ANEXO IV
Se entiende por servicios de igual o similar naturaleza cuando exista igualdad entre los dos primeros dígitos de los respectivos códigos CPV, al no tratarse de un contrato encuadrado en unos de los subgrupos establecidos en el anexo II del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
Las empresas extranjeras, además, presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
Garantía definitiva
5% del importe de adjudicación del contrato.
Fin plazo presentación de plicas
20 de mayo de 2016
Lugar de presentación de plicas
Ayuntamiento de Valdemoro, Pza de la Constitución, nº. 11, 28341 Valdemoro (Madrid)
Horario de presentación de plicas
De 9:00 a 14:00 de lunes a viernes, fax nº. 91.895.38.38 y para cualquier pago a realizar el horario de caja es de 9:00 a 13:00 horas en el Ayuntamiento "Área Económica" C/ Guardia civil, nº. 25, local 7, 28342 Valdemoro (Madrid)
Mesa de Contratación
La apertura de ofertas en acto público se comunicará mediante correo electrónico a los licitadores y se publicará en el perfil del contratante.
Observaciones
Se adjunta el Certificado de Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 16 de marzo de 2016
ANUNCIO del acuerdo de Junta de Gobierno Local, del día 22 de junio de 2016 por el que se aprueba la rectificación de error detectado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del procedimiento abierto varios cirterios de adjudicación del "SERVICIO DE COLABORACIÓN BANCARIA INTEGRAL EN LA RECAUDACIÓN DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS DEL AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO" (Exp.167/15), según informe técnico: en la cláusula 8.2 solvencia del empresario.
Número de Expediente:167/2015, anuncio de licitación publicado en el BOE Núm 99 de fecha 25 de abril de 2016
"PRIMERO: Aprobar la rectificación de error detectado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del procedimiento abierto varios criterios de adjudicación del "SERVICIO DE COLABORACIÓN BANCARIA INTEGRAL EN LA RECAUDACIÓN DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS DEL AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO" (Exp. 167/15) , según informe técnico:
En la cláusula 8.2 solvencia del empresario, donde dice:
B) solvencia técnica o profesional:
Requisito mínimo de solvencia:
El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, aportando los certificados de buena ejecución correspondientes. ANEXO IV
Debe decir:
B) solvencia técnica o profesional:
Requisito mínimo de solvencia:
El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato, aportando los certificados de buena ejecución correspondientes. ANEXO IV
SEGUNDO- Proceder a la publicación de la rectificación en el Diario Oficial de la Unión Europea, el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Perfil de Contratante y abrir un nuevo plazo de licitación a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de rectificación en el Diario Oficial de la Unión Europea, conforme se establece en la CLÁUSULA 11-.PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige el procedimiento."
Nueva Fecha Publicación DOUE: 06 de julio de 2016
Nuevo Fin plazo presentación de plicas: 27 de agosto de 2016
- Datos de adjudicación:
Fecha de adjudicación
07 de diciembre de 2016
Órgano de Contratación
Junta de Gobierno Local
Adjudicatario
CAIXA BANK, S.A.
Valor total de adjudicación
203.715,60 euros
- Datos de formalización:
Fecha de Formalización
23 de enero de 2017
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- ( 223 KB - CONVOCATORIA MESA 26 MAYO 2016.pdf )
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- ( 1.38 MB - ACTA 16 JUNIO 2016.pdf )
- ( 652 KB - CONVOCATORIA MESA 23 SEPTIEMBRE 2016.PDF )
- ( 1.03 MB - ACTA 23 SEPTIEMBRE 2016.pdf )
- ( 262 KB - CONVOCATORIA MESA 30 SEPT 16.pdf )
- ( 6.2 MB - ACTA MESA 30 SEPTIEMBRE 16.pdf )
- ( 309 KB - CONVOCATORIA MESA 28 NOVIEMBRE 2016.pdf )
- ( 4.24 MB - ACTA 28 NOVIEMBRE 16.pdf )