Uniones de Hecho
Procedimientos relativos a la formalización de Uniones de Hecho
- Cómo se hace el trámite:
INSCRIPCIÓN BÁSICA.
Podrán inscribirse como uniones de hecho las parejas que cumplan los siguientes requisitos:- Es necesario que acrediten su convivencia en pareja, de forma libre, pública y notoria, vinculadas de forma estable, al menos durante un período ininterrumpido de doce meses, existiendo una relación de afectividad.
- Estar empadronados ambos solicitantes en el mismo domicilio en el municipio de Valdemoro un período mínimo de un año. (En todo caso, la situación de empadronamiento habrá de mantenerse durante toda la vigencia de la inscripción de la unión de hecho).
No pueden constituir una unión de hecho:
- Los menores de edad no emancipados.
- Las personas afectadas por una deficiencia o anomalía psíquica que no les permita prestar su consentimiento a la unión válidamente.
- Las personas ligadas por el vínculo del matrimonio no separadas judicialmente.
- Las personas que forman una unión estable con otra persona.
- Los parientes en línea recta por consanguinidad o adopción.
- Los parientes colaterales por consanguinidad o adopción dentro del tercer grado.
INSCRIPCIONES DE CANCELACIÓN
La cancelación de la Inscripción de Uniones de Hecho se realizará por las siguientes causas:- Cuando se solicite de común acuerdo por los miembros de esa unión de hecho.
- Por decisión unilateral de uno de los miembros de la unión.
- A consecuencia de la muerte de uno o ambos miembros de la unión de hecho.
- Si tiene lugar la separación de hecho durante un periodo de tiempo de más de seis meses de sus miembros.
- Por incumplimiento de cualquiera de las condiciones necesarias para su inscripción reflejadas en el artículo 6.2 de este Reglamento.
NOTA MARGINAL
Serán objeto de nota marginal aquellas modificaciones que sin extinguir la unión de hecho afecten a los datos de la inscripción básica. Por lo tanto, son objeto, entre otras modificaciones que se pudieran suscitar, las variaciones de datos personales, los cambios de domicilio y aquellas otras que tengan el carácter indicado.- Quién puede solicitar/tramitar:
Cualquier persona interesada en los procedimientos mencionados y que cumpla los requisitos exigidos para ello.
- Documentación Necesaria:
INSCRIPCIÓN BÁSICA
La solicitud de inscripción básica (anexo I A) deberá estar acompañada de copia y original o fotocopia compulsada de la siguiente documentación:- Documento nacional de identidad, pasaporte (todas las hojas) o tarjeta de residencia en vigor de los solicitantes.
- Acreditación de la emancipación, en el caso de menores de edad.
- Las personas que tengan nacionalidad española realizarán una declaración responsable de conformidad al Anexo III:
- Las personas de distinta nacionalidad acreditarán su estado civil mediante un documento público original de su país de procedencia, expedido dentro de los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, o, en su caso, documento expedido y debidamente legalizado por los servicios consulares extranjeros en España. Se exceptúan las nacionales de aquellos países que hayan firmado un Convenio Internacional con España que les exima de tal requisito.
El empadronamiento en el municipio se comprobará de oficio por el personal encargado de la gestión del Registro.
- Las personas de distinta nacionalidad acreditarán su estado civil mediante un documento público original de su país de procedencia, expedido dentro de los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, o, en su caso, documento expedido y debidamente legalizado por los servicios consulares extranjeros en España. Se exceptúan las nacionales de aquellos países que hayan firmado un Convenio Internacional con España que les exima de tal requisito.
- Se deberá acompañar el Anexo II, en el que se contienen las declaraciones de no tener los solicitantes entre sí relación de parentesco en línea recta o colateral hasta el tercer grado por consanguinidad o adopción, de no estar incapacitados a efectos de prestar válidamente su consentimiento a la unión de hecho y de no formar unión estable con otra persona.
- Si la unión ya estuviese registrada en otro municipio, certificación del Registro correspondiente de la cancelación de dicha inscripción.
- Documento justificativo del pago de las tasas vigentes, en su caso.
Se presentará solicitud formalizada (anexo I A y anexo II), junto con la documentación mencionada, conjunta o separadamente, conforme indica el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPACAP):
"4. Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Los registros electrónicos de todas y cada una de las Administraciones, deberán ser plenamente interoperables, de modo que se garantice su compatibilidad informática e interconexión, así como la transmisión telemática de los asientos registrales y de los documentos que se presenten en cualquiera de los registros".
INSCRIPCIONES DE CANCELACIÓN
Se presentará solicitud formalizada (anexo I B), conjunta o separadamente, conforme indica el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 LPACAP.
NOTA MARGINAL
Se presentará solicitud formalizada (anexo I C), acompañada de la documentación en original o fotocopia compulsada, que acredite la variación de los datos personales o cambio de domicilio, conjunta o separadamente, conforme indica el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 LPACAP.- Dónde se puede solicitar/tramitar:
Plaza de la Constitución, 18; Teléfono 91 809 98 90; Horario: De lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 h. Correo electrónico de información: monty@valdemoro.es
- Precio/Tasa:
- TASA DE INSCRIPCIÓN BÁSICA: 80,50 €
- TASA CERTIFICADO: 12 €
- Otros datos de interés:
- - SOLICITUD Y ANEXO: INSCRIPCIÓN BÁSICA (anexo I A y anexo II), CANCELACIÓN (anexo I B) O NOTA MARGINAL (anexo I C).
- - Anexo III- DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL ESTADO CIVIL.
- - TASA DE INSCRIPCIÓN BÁSICA: 80,50 €.
Mediante carta de pago que se podrá descargar de la página del Ayuntamiento https://sede.valdemoro.es/autoliquidaciones/expedicion_documentos (Tramitación de exp. solicitud de inscripciones de parejas de hecho).
Podrá pagar presencialmente en el banco que le indica en la autoliquidación o por la página del Ayuntamiento https://sede.valdemoro.es/pasarela-de-pago (Pasarela de pago).SOLICITUD CERTIFICADO UNIÓN DE HECHO, deberán descargarse de la página del Ayuntamiento instancia general (https://sede.valdemoro.es/documents/10180/0/instancia_general-autorell.pdf/c56b036d-7898-466b-a672-635d8f0861a8), y adjuntar a la misma la tasa abonada, una vez recopilada la documentación tendrá que presentarlo conforme indica el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).
TASA CERTIFICADO: 12 € Mediante carta de pago que se podrá descargar de la página del Ayuntamiento https://sede.valdemoro.es/autoliquidaciones/expedicion_documentos (Expedición de documentos- certificado vigencia unión hecho), y podrá pagar presencialmente en el banco que le indica o por la página del Ayuntamiento https://sede.valdemoro.es/pasarela-de-pago (Pasarela de pago).
- Más información:
- ( 293 KB - ayto012_UnionesHecho_InscripcionBasica solicitud.pdf )
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- ( 276 KB - ayto016_UnionesHecho_CancelacionSolicitud.pdf )
- ( 229 KB - ayto011_UnionesHecho_NotaMarginal_solicitud.pdf )
- ( 280 KB - AYTO012_Unionesdehecho_AnexoIII_2024.pdf )