Registro de Asociaciones del Municipio de Valdemoro
Descripción del procedimiento administrativo de solicitud de inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales
- Cómo se hace el trámite:
Para efectuar la inscripción de una nueva Asociación en el Registro de Asociaciones, deberá presentarse la siguiente documentación, original o a través de los correspondientes certificados:
- a) Instancia general.
- b) Anexo.
- c) Estatutos de la Asociación y Acta Fundacional, y sus modificaciones.
- d) Resolución del Registro General de Asociaciones de la Comunidad de Madrid, y/o de otros Registros públicos donde indique el número de inscripción de la misma.
- e) Domicilio social en el municipio.
- f) Presupuesto del año en curso.
- g) Programa de actividades del año en curso.
- h) Certificado del Secretario/a o Presidente/a de la Asociación indicando el número de socios.
- i) Copia del número de identificación fiscal de la entidad, si lo tuviere.
La documentación se presentará conforme indica el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPACAP):
"4. Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:- a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
- b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
- e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Los registros electrónicos de todas y cada una de las Administraciones, deberán ser plenamente interoperables, de modo que se garantice su compatibilidad informática e interconexión, así como la transmisión telemática de los asientos registrales y de los documentos que se presenten en cualquiera de los registros."
Modificación de datos que hayan servido de base para la inscripción de una Asociación en el Registro:
Para efectuar una modificación o actualización de datos de una Asociación ya inscrita, debe acompañar el documento oportuno acreditativo del dato, junto con una instancia general, y presentarlo conforme indica el artículo 16.4 LPACAP, mencionado anteriormente.- Quién puede solicitar/tramitar:
- Podrán inscribirse en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Valdemoro todas las asociaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que tengan como objetivos la defensa, el fomento o la mejora de los intereses generales o sectoriales de los ciudadanos del municipio.
- Todas aquellas Asociaciones que su sede o delegación se encuentre en el municipio de Valdemoro.
- Las Entidades que pretendan la inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones deberán estar previamente inscritas en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid y/o en aquellos otros Registros Públicos de inscripción preceptiva para su legalidad.
- Podrán inscribirse en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Valdemoro todas las asociaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que tengan como objetivos la defensa, el fomento o la mejora de los intereses generales o sectoriales de los ciudadanos del municipio.
- Documentación Necesaria:
- a) Instancia general.
- b) Anexo.
- c) Estatutos de la Asociación y Acta Fundacional, y sus modificaciones.
- d) Resolución del Registro General de Asociaciones de la Comunidad de Madrid, y/o de otros Registros públicos donde indique el número de inscripción de la misma.
- e) Domicilio social en el municipio.
- f) Presupuesto del año en curso.
- g) Programa de actividades del año en curso.
- h) Certificado del Secretario/a o Presidente/a de la Asociación indicando el número de socios.
- i) Copia del número de identificación fiscal de la entidad, si lo tuviere.
- Dónde se puede solicitar/tramitar:
Secretaría General del Ayuntamiento. Horario: de lunes a viernes, de 8.15 a 14.00 h.
- Precio/Tasa:
Gratuito
- Otros datos de interés:
Gestión del Registro
Conforme al artículo 236.4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales (ROF), el Registro Municipal de Asociaciones será dependiente de la Secretaría General, quién realizará la gestión y mantenimiento del mismo.
Los distintos departamentos municipales articularán las relaciones de colaboración necesarias a fin de facilitar la tramitación de los asuntos promovidos por las asociaciones debidamente inscritas.
Legislación aplicable:- Ley 1/2002, de 22 marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
- Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
- Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Correo electrónico: [email protected]
- Más información:
Listado de asociaciones registradas en el Ayuntamiento de Valdemoro (marzo 2024)
- ( 60 KB - Inscripción de Asociaciones.pdf )
- ( 281 KB - instancia_general-autorell.pdf )