Licencia Municipal para instalación, apertura y funcionamiento de actividades inocuas
Solicitud de licencia para ejercer actividad en locales permitidos para instalarse
- Cómo se hace el trámite:
El ciudadano que necesite solicitar una licencia para instalación, apertura y funcionamiento de actividades calificadas, deberá entregar en el Registro de la Concejalía de Urbanismo y Obras, el impreso de solicitud , junto con la documentación necesaria. Si la documentación presentada no fuera completa, se requerirá al interesado para su subsanación, concediendo un plazo para su entrega.
Se deberá hacer una notificación a los colindantes y exponer el edicto. En caso de que sea necesario se solicitará un informe sanitario. Posteriormente se emitirá el informe municipal de carácter técnico y jurídico. Se tendrá que aprobar la instalación por la Junta de Gobierno Local, se realizará una visita de inspección por el técnico correspondiente y finalmente, se aprobará el funcionamiento por la Junta de Gobierno Local.
- Quién puede solicitar/tramitar:
Toda persona física o jurídica que vaya a realizar actividad comercial e industrial dentro del término municipal y que la actividad a realizar esté catalogada como inocua
- Documentación Necesaria:
Junto con el impreso normalizado de solicitud debidamente cumplimentado, se deberá de aportar la documentación necesaria, según el siguiente detalle:
Certificado redactado por técnico competente y visado por Colegio Profesional, por duplicado.
Plano de planta, a escala que incluya instalaciones.
Plano de situación.
Presupuesto de instalación
Instalación eléctrica
Instalación contra incendios
Mobiliario, etc.
Fotocopia del D.N.I./C.I.F.
Impreso de abono de autoliquidación
Declaración censal de alta (Hacienda)
Fotocopia de Licencia de Primera Ocupación
Si ha hecho obras de acondicionamiento de local o nave, deberá presentar Fotocopia de Licencia de obras. En caso contrario, deberá presentar una Declaración jurada de no haber realizado obra alguna.
- Dónde se puede solicitar/tramitar:
En el Registro de la Concejalía de Urbanismo y Obras
- Precio/Tasa:
El régimen de liquidación de licencias son fijados por las Ordenanzas Fiscales
- Otros datos de interés:
Legislación Aplicable :
Art. 43 de la Ley 30/92, modificada por Ley 4/99 de L.R.J.A.P y P.A.C. Ley 2/2002 de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. Ley 17/97, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. Decreto 184/1998 de 22 de octubre, Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Transtornos Adictivos. Orden 434/1999, de 12 de marzo. Ordenanza de Tramitación del Plan General de Valdemoro