SERVICIO DE EXPLOTACIÓN DE LA CAFETERÍA-RESTAURANTE DEL CENTRO MUNICIPAL DE MAYORES DEL AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO
- Fecha de publicación:
- 17 de Agosto de 2016
- Número de expediente:
- 057/16
- Datos del contrato:
Administración contratante
Ayuntamiento de Valdemoro
Órgano de Contratación
Junta de Gobierno Local
Fecha de Aprobación de Expediente
20 de julio de 2016
Tipo de Contrato
Contrato Administrativo
Servicio Tramitador
Servicio de Contratación
Servicio Gestor/Ejecutor
Concejalía de Asuntos Sociales e Igualdad
Valor Total del Contrato
La empresa adjudicataria abonará un canon anual de explotación por importe mínimo de 4.598 euros.
El valor estimado del contrato, incluido el período de prórroga sería de 482.274 euros
Duración del contrato
El contrato tendrá una duración inicial de dos años, a contar desde la formalización, pudiéndose prorrogar por mutuo acuerdo entre las partes antes de la finalización de aquél hasta un año.
Tramitación
Ordinario
Tipo de Procedimiento
Abierto
Criterios de Adjudicación
Puntuación máxima 10 puntos
1.- Mejora del Canon hasta un máximo de 7 puntos
Se otorgará la máxima puntación a la mayor mejora del canon y cero puntos a aquellos que no lo mejoren y el resto se puntuará proporcionalmente.
2.- Menús especiales en fechas señaladas, señalando en que fecha se llevarán a cabo, hasta un máximo de 3 puntos.
Por cada menú especial se otorgará un punto
Criterios en el supuesto de empate entre los licitadores:
En el supuesto de empate entre las ofertas habrá que estar a lo dispuesto en la cláusula 20 de estos pliegos. De no darse este supuesto o de persistir el empate, la adjudicación se decidirá, con la prioridad que se indica de los siguientes criterios:
Primera prioridad: Mejor resultado obtenido en la mejora del canon
Segunda prioridad: Mejor resultado obtenido en los menús especiales
Si tras ello persiste la igualdad o empate, se decidirá por sorteo.
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SI
Fecha Publicación BOCM
17 de agosto de 2016
Obtención de Documentación
La documentación está disponible en el Perfil de Contratante de la presente página web del Ayuntamiento de Valdemoro.
Solvencia
8.1.- Aptitud para contratar con el sector público
Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no están incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 60 del TRLCSP y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica, o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas.
Asímismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones de empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 55, 58 y 59 del TRLCSP, respectivamente.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
No podrán concurrir a la licitación empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
Tendrán capacidad para contratar, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación que constituye el objeto del presente contrato.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
8.2. La solvencia del empresario:
Aunque no es obligatoria la clasificación del empresario, la clasificación en el subgrupo M6 con categoría 2 acreditará su solvencia económica y financiera y su solvencia técnica.
Así pues, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación o bien acreditando el cumplimiento de los siguientes requisitos:
Conforme a lo requerido por el Centro Gestor
A) solvencia económica y financiera:
Se acreditará mediante:
Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato que se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil
Requisitos mínimos de solvencia:
El volumen anual de negocios referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser igual o superior a una vez y media el valor anual medio del contrato (241.137 €)
B) solvencia técnica o profesional:
Una relación de los principales servicios realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados de buena ejecución ( especificando los importes) expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración responsable del empresario ( especificando los importes ); en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. ANEXO IV
Requisitos mínimos de solvencia establecidos en los pliegos técnicos:
Se deberá de acreditar como ejecutado en el año de mayor ejecución servicios de similar o igual naturaleza por importe igual o superior al 70% de la anualidad media (112.530,6 euros). tomando como referencia la pertenencia al mismo subgrupo de clasificación.
8.4.- Las empresas extranjeras, además, presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
Garantía definitiva
Su cuantía será igual al 5 por 100 del importe total del canon correspondiente a la duración inicial del contrato
Fin plazo presentación de plicas
06 de septiembre de 2016
Lugar de presentación de plicas
Ayuntamiento de Valdemoro, Pza de la Constitución, nº. 11, 28341 Valdemoro (Madrid)
Horario de presentación de plicas
De 9:00 a 14:00 de lunes a viernes, fax nº 91.895.38.38
Mesa de Contratación
La apertura de ofertas en acto público se comunicará mediante correo electrónico a los licitadores y se publicará en el perfil del contratante.
Observaciones
Se adjunta el Certificado de Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 20 de julio de 2016
- ( 456 KB - Certificado JGL Aprobación exp. 57-16.pdf )
- ( 2.37 MB - PCAP 057-16.pdf )
- ( 562 KB - PPT 057-16.pdf )
- ( 204 KB - CONVOCATORIA MESA 14 SEPTIEMBRE 2016.pdf )
- ( 578 KB - ACTA 14 SEPTIEMBRE 2016.pdf )